Tras las huellas de Berta Cáceres: Cerca de juicio oral y público 16 supuestos corruptos denunciados por la ambientalista

Tegucigalpa, Honduras | Reporteros de Investigación. La Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad (Maccih) promovió esta causa criminal desde marzo de 2019 y le llamó Fraude Sobre Gualcarque, pero en su red social el Poder Judicial lo ha bautizado con el eufemismo de “Agua Zarca”.

Aunque la Maccih señaló la responsabilidad de la administración pública en esta secuencia de supuestas irregularidades, no hay ningún político o empresario de alto perfil acusados en este caso. “Toda la investigación evidencia la actuación irresponsable de la administración pública, que para  favorecer a la empresa DESA realizó trámites ilegales y omisión de informes para la concesión de  recursos hídricos, afectándose a especies en peligro de extinción, flora, fauna y consumo humano”, dice el comunicado que emitió la Maccih en marzo de 2019.

En su comunicado la Maccih señaló que el gerente que firmó el contrato fue Roberto Martínez Lozano, el mismo político que en los noventa estuvo implicado junto al ex presidente Rafael Leonardo Callejas (1990-1994) en los impunes escándalos de supuesta corrupción y delitos ambientales de Ciudad Mateo. Callejas recibió 14 cartas de libertad en Honduras y en la actual década fue extraditado a Estados Unidos por otro caso de corrupción internacional. Allá falleció este año durante la pandemia.

El Poder Judicial informó ayer que la Audiencia de Proposición de Medios de Prueba, como un paso previo al juicio oral y público, del caso denunciado por Berta Cáceres antes de su asesinato, será a finales de octubre.https://platform.twitter.com/embed/Tweet.html?creatorScreenName=reporterosdeinv&dnt=false&embedId=twitter-widget-0&features=eyJ0ZndfZXhwZXJpbWVudHNfY29va2llX2V4cGlyYXRpb24iOnsiYnVja2V0IjoxMjA5NjAwLCJ2ZXJzaW9uIjpudWxsfSwidGZ3X2hvcml6b25fdHdlZXRfZW1iZWRfOTU1NSI6eyJidWNrZXQiOiJodGUiLCJ2ZXJzaW9uIjpudWxsfX0%3D&frame=false&hideCard=false&hideThread=false&id=1300474715593728001&lang=es&origin=https%3A%2F%2Fwww.reporterosdeinvestigacion.com%2F2020%2F09%2F01%2Ftras-las-huellas-de-berta-caceres-cerca-de-juicio-oral-y-publico-16-supuestos-corruptos-denunciados-por-la-ambientalista%2F&sessionId=9491b9d6b5e72da7770e61cfb510ffe1b1bfea3d&siteScreenName=reporterosdeinv&theme=light&widgetsVersion=2d233ae%3A1618352735472&width=550px

El 4 de marzo de 2019, la Maccih anunció que la “la Unidad Fiscal Especial contra la Corrupción de la Impunidad del Ministerio Público de Honduras (UFECIC‐MP) presentó esta acusación ante el Juzgado de Letras del Circuito Anticorrupción.

El requerimiento  fiscal fue contra 16 personas por los presuntos delitos de fraude, abuso de autoridad, violación de los deberes de los funcionarios, de negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas  y falsificación de documentos, en perjuicio del Estado, en el denominado caso “Fraude sobre el  Gualcarque”.

Antes de su asesinato, la líder indígena denunció que “los acusados  habrían cometido diversos delitos contra la administración pública, para lograr que la empresa  Desarrollos Energéticos S.A. (DESA), fuese beneficiada con el Contrato de Operación y la Contrata de Aguas sobre el río Gualcarque, con la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) y  un Contrato de Suministro de Potencia y Energía con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica  (ENEE), así como con el Contrato de Operación para la Generación, Transmisión y Comercialización  de Energía Eléctrica entre la SERNA y DESA S. A. (Central Hidroeléctrica Agua Zarca) y el Contrato  No. 043‐2010 de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica firmado el 3 de junio de 2010 entre la  ENEE y DESA”.

Versión de la Maccih

La investigación reveló los siguientes hallazgos, según la Maccih:

1) La Empresa Desarrollos Energéticos S.A.  (DESA),  fue creada el 20 de mayo de 2009 por Roberto  Antonio  Abate  Ponce  y  Geovanny  Isidro  Abate  Ponce  con  un  capital  de  L 25,000.00.  Se  ha  encontrado  evidencia  que  Roberto  Castillo  desde  esa  época  ya  era representante de facto de DESA.

2) Roberto David Castillo Mejía, se desempeñaba como Asistente Técnico de Gerencia en la ENEE,  al  mismo  tiempo  que  ejercía  el  dominio  funcional  de  la  empresa  DESA.  Este nombramiento le permitió acudir a las sesiones de Junta Directiva en calidad de invitado, donde se trataba la autorización y aprobación de contratos amparados en el decreto 70‐2007, específicamente el contrato con la empresa DESA, evidenciándose un conflicto de intereses.

3) Como consecuencia de dichas sesiones, se emitió la RESOLUCIÓN No. 01‐JD‐1078‐2010, de la Junta Directiva de la ENEE que resolvió:  autorizar a la administración para iniciar el proceso de aprobación de los Contratos de Suministro de Energía Eléctrica entre la ENEE y las empresas que incluye a Desarrollos Energéticos S.A. de C.V. (DESA). 

4) Luego de obtenido el contrato de suministro de energía eléctrica con la ENEE, Roberto David Castillo Mejía, formaliza su vinculación con DESA, ya que se convierte en Presidente del Consejo de Administración y se le otorgan parte de las acciones de DESA, a través de una entidad asentada en Panamá de nombre Potencia de Energía de Mesoamérica S.A. (PEMSA), cuyos socios y directivos  resultan ser Roberto David Castillo y Carolina Lizeth Castillo  Argueta (quien es  la  persona  que  firma  el  contrato  con  la ENEE  en  nombre  de DESA).  Con lo anterior se demuestra, que Castillo Mejía durante el tiempo que estuvo en calidad de funcionario de la ENEE, ocultó la vinculación que tenía con la empresa DESA, en la cual tenía una participación directa, primero ocultando las acciones a través de una sociedad anónima de la cual era socio y directivo y luego haciendo firmar el contrato a la que era su socia en dicha sociedad panameña.

5) La colusión de Roberto David Castillo Mejía con funcionarios de la ENEE para favorecer a DESA, se evidencia con las anomalías administrativas que se dieron en la aprobación y asignación del contrato de suministro de energía eléctrica a DESA: 

a) David  Castillo  Mejía,  Sub  Teniente  de  Inteligencia  se  encontraba  laborando  en  la Dirección de Inteligencia de la Secretaria de Defensa, cuando ingresó a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica en junio del 2007, como parte de la junta interventora de la ENEE. Desde su ingreso laboró con Carolina Lizeth Castillo Argueta.

b) Carolina Castillo Argueta fue presidenta del Sindicato de Trabajadores de la ENEE que le  permitió  tener  conocimiento  del  Estudio  de  factibilidad  para  el Proyecto Hidroeléctrico Gualcarque, expediente 28‐E‐2003, correspondiente a una capacidad generadora de 6 MW en la ubicación clasificada con el número 460. Este proyecto fue declarado improcedente por el entonces Secretario General de SERNA por no cumplircon los requisitos legales requeridos.

c) Al momento de la aprobación y  firma del contrato, Roberto David Castillo Mejía, se desempeñaba en la ENEE, como Asistente Técnico de Roberto Aníbal Martínez Lozano, quien firma el contrato con DESA, en su calidad de Gerente de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE). 

d) El contrato fue firmado sin que se verificase que DESA no estaba inscrita en el registro de proveedores y contratistas del Estado, violentando así lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

e) Se  le  asignó  dicho  contrato  a  una  empresa  de  reciente  creación,  que  no  tenía  las capacidades,  la  experiencia  y  el  capital  para  desarrollar  un  proyecto  de  tal envergadura.

6) El Fraude se evidencia con una serie de trámites administrativos irregulares para favorecer el proyecto que desarrollaría la empresa DESA, con la participación de varios funcionarios de  diferentes  instituciones  públicas  (SERNA,  ENEE,  INA,  ICF  y  la  Municipalidad  de  San Francisco de Ojuera), quienes agilizaron el trámite del Proyecto Hidroeléctrico Agua Zarca, de manera irregular, con evidente concertación entre los ahora imputados: 

a) El Estudio de Factibilidad del Proyecto que fue requerido a la SERNA el 5 de octubre de 2009 y concedido el 16 de diciembre de ese mismo año, transitó por 4 Direcciones especializadas dentro de la institución y fue autorizada sin ubicar de forma fehaciente los  terrenos objeto de la concesión, ni comprobar a quien pertenecían; sin que los  términos de referencia se adecuaran a la normativa y sin que se presentase constancia municipal de anuencia de la comunidad. Las irregularidades fueron advertidas por la Dirección Legal de la SERNA, pero brindaron opinión favorable al proyecto sin esperar la subsanación de los requisitos que ellos mismos observaron. 

b) Además, la realización del Estudio de Factibilidad es un proceso detallado y complejo que  toma  meses  de  mediciones  y  análisis,  pero  la  representante  legal  de  DESA presentó el Estudio finalizado 24 horas y 5 minutos después de su autorización. Se ha establecido  durante  la  investigación  que  el  Estudio  contenía  datos  del  Estudio  de Factibilidad hecho en el 2003 para un proyecto similar que iba a ser financiado por la ENEE y por su Sindicato de trabajadores (cuya presidenta fue Carolina Lizeth Castillo Argueta) y que fue desechado. 

y el  documento  de  titularidad  de  tierras. Esta  situación  se  repite en la emisión  del Contrato de Operación para la Generación, Transmisión y Comercialización de Energía Eléctrica.

d) El  24  de  marzo  de  2011,  SERNA  emitió  la  Licencia  Ambiental  categoría  2  para  el Proyecto Hidroeléctrico Agua Zarca, valiéndose en una serie de situaciones contrarias a  la  legislación,  entre  las  que  destaca  la  incorrecta  clasificación  del  proyecto. Categorizar el proyecto en un nivel inferior al que correspondía por ley incrementa los beneficios que DESA percibiría por su inversión en dos sentidos: abaratando los costos de  licenciamiento,  al  disminuir  los  pagos  al  Estado  en  concepto  de  concesión  y aminorando los costos de oportunidad, al obviarse la exigencia de presentación de un Estudio Ambiental completo que  requeriría mediciones de  caudal por los dos años posteriores a la autorización del mismo. La emisión de las licencias es posterior a las contratas, en contravención a la normativa de la materia.

e) En el año 2011, la Empresa DESA solicitó la ampliación de las Contratas y la Licencia Ambiental para el Proyecto Hidroeléctrico Agua Zarca, pidiendo la aprobación de una capacidad generadora de 21 MW. Estos incrementos se justificaban en un proceso de optimización  que  incluía  la  adición  de  una  tercera  turbina;  sin  embargo,  las investigaciones  han  determinado que el  caudal  del  río Gualcarque  no es  suficiente para activar una  tercera  turbina, ni siquiera la segunda  turbina podría producir es capacidad  en  los  momentos  de  más  altos  niveles  de  precipitación.    Además,  el proyecto  hidroeléctrico  Agua  Zarca  no  se  encontraba  en  operación,  por  lo  que  no podía medirse la viabilidad de la ampliación que se solicitaba.

f) Este  punto  es  de  gran  importancia  pues  cada  turbina  incrementa  el  costo  de  la inversión de DESA, asignando varios millones de dólares que nunca serían capaces de producir. Esta inversión más allá del punto de eficiencia solo puede justificarse con el hecho que este alto nivel de inversión se vería directamente reflejado en el precio al ue podrían vender la energía a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica.  

El requerimiento Fiscal se formuló contra: 

1) Francisco Rafael Rivas Bonilla

2) Julio Alberto Perdomo Rivera

3) Catarino Alberto Cantor López

4) Luis Eduardo Espinoza Mejía

5) Ana Lourdes Martínez Cruz

6) Aixa Gabriela Zelaya Gómez

7) Darío Roberto Cardona Valle 

8) Mauricio Fermín Reconco Flores

9) José Mario Carbajal Flores

10) Óscar Javier Velásquez Rivera

11) Roberto Aníbal Martínez Lozano

12) Roberto David Castillo Mejía

13) Julio Ernesto Eguigure Aguilar

14) Raúl Pineda Pineda

15) Carolina Lizeth Castillo Argueta 

y 16) Saida Odilia Pinel

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